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Ajustemos la cotización de los autónomos a sus ingresos

Ramón Mateo

10 de Julio de 2018, 22:10

Reformar el régimen de los autónomos para ajustar mejor su cotización a sus ingresos, de modo que la cuota no sea una carga para los que ganan menos, es una antigua reclamación que, tras plantearse durante años sin mucho éxito, se ha recuperado con un nuevo impulso en las dos últimas legislaturas. Ciudadanos la contemplaba en su programa electoral y consiguió incluirla en sus acuerdos con el PSOE y el PP. Ahora es una de las principales materias de estudio de la Subcomisión para la reforma del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) constituida en el Congreso. Asimismo, hace pocos días la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, anunció la intención de su Gobierno de avanzar en este sentido, aunque sin explicar cómo se llevaría a cabo. Que la cotización de los autónomos no guarde relación con sus ingresos presenta una serie de problemas. El principal, sin duda, es la ruptura del principio de capacidad económica, dado que el autónomo está obligado a pagar una cuota fija que, en los períodos de bajos ingresos, puede resultar especialmente gravosa. Esto hace que la mayoría de los autónomos (en torno al 80%) opten por mantenerse en la base mínima (932,70 euros mensuales), con el objetivo de compensar los meses de más ingresos con los de menos y poder cubrir la cuota en todos ellos. Esta decisión se traduce en la menor protección social que, en promedio, perciben los autónomos en comparación con los asalariados. Aunque se trate de una consecuencia de una cotización inferior, no siempre interiorizada, sus efectos tanto sobre la cobertura social de los autónomos, especialmente en su jubilación, como sobre la percepción de la contributividad del sistema, ya suficiente socavada en la actualidad, son igualmente preocupantes. Desde esta premisa, abordar una reforma que vincule la cotización de a los ingresos, aliviando a los que menos ganan y generando un reparto más justo de las cargas entre todos los autónomos, parecería una necesidad. Ahora bien, ¿cómo podría articularse?

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Una posibilidad sería modificar la base de cotización de los autónomos, que pasaría a estar constituida por el importe de sus rendimientos por actividades económicas. La base máxima sería la misma que ahora (3.803,70 euros mensuales). ¿Y la base mínima? Aquí se plantea una discusión. Por un lado, pudiera plantearse que fuese equivalente a la base de cotización, de modo que si en un período los rendimientos son cero, también lo sería la cuota correspondiente. Esto podría complementarse con la posibilidad de que el autónomo pudiese elegir una base superior, una opción que podría resultar atractiva para aquéllos con rendimientos previsiblemente más estables, como los autónomos societarios, sobre todo si se combinase con algún tipo de incentivo. No obstante, es cierto que la eliminación de una base mínima incondicional a los ingresos haría difícil controlar actividades fraudulentas, por lo que sería recomendable mantener una cuota mínima, por ejemplo, de 50 euros mensuales. En todo caso, resultaría deseable que este debate se considerase en paralelo a la base mínima de los asalariados para no agravar las diferencias entre ambos colectivos.   En cuanto al período de cotización, otro posible cambio en coherencia con los anteriores, sería que éste pasase a ser trimestral, para hacerlo coincidir con la declaración del IRPF. Una manera de facilitarlo sería establecer una retención en las facturas por la cotización a la Seguridad Social, análoga a la del IRPF. Después, en la declaración trimestral del IRPF, estas retenciones sociales se regularizarían según los rendimientos finales. El mismo proceso se seguiría en la declaración anual de la renta respecto a las cotizaciones trimestrales. Este cambio simplificaría considerablemente los trámites y permitiría un mayor control al tener constancia de la misma en las propias facturas. Además, puesto que el importe de las cuotas supone un gasto deducible en el cálculo del IRPF, el eventual incremento de los costes por causa de una mayor cotización sería en parte compensado por una reducción en la base de este impuesto. Estos cambios supondrían una serie de ventajas. Las más evidentes son el refuerzo del principio de capacidad económica, en beneficio de los autónomos con menores ingresos, así como una simplificación de los trámites. Además, vincular la base de cotización con los ingresos para todos los autónomos permitiría la desaparición de supuestos especiales de cotización para determinados colectivos a los que se presume mayores ingresos, aunque no siempre sea cierto, como es el caso de los autónomos societarios o de los autónomos mayores de 48 años, los cuales podrían pasar a tener el mismo régimen de cotización. Asimismo, se avanzaría en la equiparación en el tratamiento entre los trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena. Otra opción para aproximar la cotización a la evolución de los ingresos, sin llegar a su completa vinculación, sería establecer diferentes tramos de cotización en función de los rendimientos, de forma que el autónomo pudiese seguir eligiendo su base entre la mínima y la máxima que se fije en cada tramo. Se trataría de una solución intermedia, que permitiría repartir mejor las cargas sin alterar la esencia del sistema. No obstante, seguiría sin vincular la cotización a los ingresos y, por tanto, aunque los minore, dejaría sin abordar parte de los problemas derivados de este hecho. En cualquier caso, ambas propuestas generarían efectos redistributivos en el corto y en el largo plazo que no deberían pasarse por alto. A fin de cuentas, una menor cotización en los períodos de bajos ingresos también conllevaría unas menores prestaciones en el futuro. Lo contrario también sucedería en los períodos de mayores ingresos. Todo ello sin ignorar la necesaria consideración de los efectos económicos y sobre el empleo que tendría una eventual subida de los costes de cotización para una parte significativa de los autónomos en el contexto actual. Tampoco se debería olvidar a los que realizan su actividad a tiempo parcial o de forma no habitual, incluidos aquéllos con ingresos anuales inferiores al salario mínimo interprofesional, con los que habría que adoptar medidas complementarias atendiendo a su situación particular. En definitiva, más allá del interés que suscite la propuesta, es evidente que no debe tomarse a la ligera y que cualquier proyecto de cambio debería ser objeto de un debate profundo que tenga en cuenta las consecuencias de las medidas planteadas. Sobre todo, debe evitarse cualquier tentación de utilizar a los autónomos como chivo expiatorio del actual déficit de la Seguridad Social. Por ello, y frente a especulaciones más o menos improvisadas, sería recomendable que el Gobierno permitiese a la Subcomisión para la reforma del RETA del Congreso de los Diputados concluir los trabajos que lleva desarrollando desde hace un año. No sería sensato que se ignorase la labor de análisis y estudio que los representantes de todos los partidos y numerosos expertos han dejado a su paso por el Congreso. Sin duda, respetar las conclusiones que se alcancen en la misma sería el mejor punto de partida para alcanzar un acuerdo en un asunto que, de forma directa o indirecta, nos concierne a todos.
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