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Donaciones de sangre prohibidas, pero no siempre

Juan Antonio Mayoral Díaz-Asensio

17 de Junio de 2016, 04:34

La masacre de Orlando, además de confirmar la triste vigencia de los crímenes de odio por orientación sexual en todos los países del mundo, ha resucitado la atención sobre las vigentes restricciones impuestas en muchos países, entre ellos los propios Estados Unidos, a la donación de sangre por parte de los ‘hombres que tienen relaciones sexuales con otros hombres’. Estados Unidos es uno de los países que ha acabado desarrollando una postura intermedia entre la aceptación sin fisuras (como es el caso de España), o la prohibición de manera categórica (como es el caso de Alemania) a que los hombres que tienen relaciones con otros hombres puedan donar sangre. En Estados Unidos (pero también, por ejemplo, en el Reino Unido) se exige de estos donantes potenciales un periodo de doce meses sin relaciones sexuales con ningún hombre (sin aceptarse tampoco las relaciones sexuales con protección). Ante la urgentísima necesidad de donaciones ocasionadas por el ataque, las autoridades federales de Florida han levantado, parece que de manera temporal, esta restricción permitiendo, a cualquier persona donar sangre. El lector interesado puede encontrar información actualizada sobre la posición de cada país en el espacio wiki titulado "men who have sex with men blood donor controversy".

Las restricciones a la donación de sangre nacieron al calor de los primeros casos de infección por VIH, allá por la década de los ochenta. Se esgrimieron argumentos de corte médico para proteger al sistema de salud de sangre contaminada, en un contexto de severo desconocimiento sobre esta enfermedad y sus mecanismos de transmisión.  La  vigencia de esta tesis, sin embargo, ha sufrido enormemente con el paso del tiempo. Por un lado, los avances en los procesos de control sanguíneo son, a juicio de muchos expertos, protección suficiente para evitar la penetración de sangre peligrosa. Por el otro lado, las restricciones son realmente difíciles de poner en práctica, en la medida que, obviamente, no hay manera de confirmar registralmente el periodo de abstinencia. Finalmente, parece cada vez más difícil defender una restricción que, para el caso concreto de Estados Unidos por ejemplo, excluiría del sistema de donación a hombres monógamos que tengan relaciones sexuales seguras con otros hombres, mientras permite el acceso a hombres que mantienen relaciones sexuales promiscuas y no seguras con mujeres.  Estas y otras críticas han ido nutriendo una creciente oposición a las restricciones, que ha dado lugar a importantes batallas judiciales y campañas en varios países.

En la cuestión de la donación de sangre colisionan criterios médicos con cuestiones identitarias y de reconocimiento. Las restricciones, técnicamente, no identifican a las personas por su orientación, sino por su comportamiento sexual. No obstante, ¿es realmente posible hacer esta distinción? Sobre estas claves leemos no solamente el debate ocasionado en torno al levantamiento de las restricciones en Orlando, sino también la controversia en Europa a raíz de la decisión C-528/13 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 29 de abril de 2015, en la cual aparentemente se daba luz verde a los Estados Miembros para mantener sus prohibiciones en relación con las donaciones de sangre. Aquella decisión dio paso a un muy popular hashtag que rezaba: "#MiSangreEslaMismaQueLaVuestra". El tribunal resolvió la petición de Geoffrey Léger, quien llevaba tiempo batallando contra las Instituciones Francesas a colación de la prohibición impuesta desde 2009 a las donaciones de sangre a hombres que tenían relaciones sexuales con otros hombres. El TJUE optó por delegar en las autoridades nacionales, conminándoles a un ‘test de proporcionalidad’ entre los objetivos necesarios en materia de salud pública y las consecuencias (que se aceptan muy onerosas) derivadas de una prohibición de corte grupal y que es potencialmente estigmatizante. Este test, según el tribunal,  tendría que tener en cuenta la realidad epidemiológica particular, así como las capacidades tecnológicas en materia de detección precoz del VIH.

La sentencia Léger no contentó a ninguna de las partes interesadas. Particularmente críticas fueron las organizaciones LGTB, que acusaron al TJUE de negligente y cobarde. Observadores y analistas criticaron también al tribunal por su ambigüedad, al no sentar reglas muy claras sobre qué tratamiento ha de darse a este delicado debate.  El TJUE, consciente de la dificultad de definir un equilibrio entre los elementos valorativos, técnicos y morales de las restricciones a la donación de sangre, pecó de moderado antes que imponer una visión que no era, ni es, mayoritaria en el seno de la Unión Europea.  Veremos si los acontecimientos en Florida pueden reactivar un debate que, ciertamente, necesita de urgente clarificación, y en donde los imperativos médicos no puedan ser empleados como excusa para mantener políticas discriminatorias.

Este artículo también ha sido escrito por Kerman Calvo

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