2 de Diciembre de 2015, 18:39
El lunes día 30 de noviembre ha dado comienzo en París la XXI Conferencia Internacional sobre Cambio Climático y la 11ª Conferencia de las Partes en el Protocolo de Kyoto. Se espera que de esta cita salga un nuevo compromiso Internacional vinculante para las partes esperemos que no de mínimos- con vistas a la reducción de los gases efecto invernadero. Todo parece apuntar a que esta vez existe voluntad política en los países participantes (incluido EEUU que en su momento no ratificó Kyoto) para impulsar la lucha contra el cambio climático.
Son muchos los retos que hay por delante pero poco o nada ha trascendido sobre cuáles serán las políticas concretas. Uno de los sectores afectados es el de la aviación, no incluido en el Protocolo de Kyoto más que como una mera recomendación no vinculante. En términos de contribución ocupa el 7º lugar en el índice global de emisores según los datos publicados por la Organización Internacional de Aviación en 2013. Pero es que, además, la huella de carbono en el ámbito de la aviación se espera vaya incrementando un 3-4% anual. Si a ello le unimos que en 2007 la Agencia Europea de Medio Ambiente estimaba que el crecimiento del transporte aéreo sufriría un incremento del 105% entre 2000-2020, podemos hacernos mejor una idea de la importancia y de la necesidad de reducir las emisiones en el sector.
Pero al margen de las cifras, la inclusión o no de la aviación en el Protocolo que sustituya Kyoto es fundamental para resolver algunos de los conflictos políticos y comerciales que quizás para el lector hayan pasado desapercibidos.
La ausencia de un compromiso internacional llevó a la Comisión Europea a aprobar la Directiva 2008/101/CE, de 19 de diciembre 2008 e incorporar la aviación al comercio de derechos de emisión para TODOS los vuelos con destino u origen en aeródromos europeos. El planteamiento seguido por la Directiva (confirmado por la STJUE de 21 de noviembre de 2011) desató una auténtica guerra comercial con los países pertenecientes a la Unión Europea a la que siguió una tenaz labor diplomática.
Ante este complejísimo panorama y la intensidad del conflicto, la Unión Europea no tuvo más remedio que adoptar el Reglamento 421/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014 suspendiendo la aplicación del régimen del comercio de derechos de emisión europeos. Es decir, la valiente y reciente implantación del régimen en el sector de la aviación iniciada apenas en 2012 quedaba en suspenso para las emisiones correspondientes a vuelos operados entre 2013-2016 entre el Espacio Económico Europeo y Terceros Países a la espera de poder alcanzar acuerdos de carácter internacional.
Por todo ello, si se quieren adoptar medidas que ayuden a luchar contra el cambio climático, es necesario que el nuevo Protocolo que surja de la Conferencia de Paris incluya el sector de la aviación en el régimen general de los derechos de emisión.