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La violencia sobre la mujer en la macroencuesta de 2019

Paz Lloria

7 mins - 24 de Septiembre de 2020, 11:55

El pasado 10 de septiembre se presentó la macroencuesta que analiza la evolución de la violencia que sufren las mujeres por razones de género en España, que se realiza cada cuatro años. En esta ocasión, atendiendo a los requerimientos del Convenio de Estambul, se han incluido preguntas para valorar las situaciones de acoso tanto sexual como reiterado, según la terminología empleada, aunque sería mejor hablar de acoso predatorio, ya que, por su propia naturaleza, el acoso ha de ser reiterado y constante.
 
Una primera cuestión importante es delimitar qué se entiende por violencia. Intuitivamente, ésta se vincula con el uso de la fuerza física, lo que a veces conduce a confundir el concepto normativo con el concepto social. Fijar qué es la violencia ayuda a marcar la línea entre lo penalmente relevante y lo éticamente reprochable, para evitar que se identifique toda manifestación violenta (desde la interpretación social) con la necesidad de intervención punitiva y la consecuente reclamación de cambios normativos que no son ni necesarios ni pertinentes. Si la violencia es cualquier transgresión, sea cual sea su origen o manifestación, no toda violencia es delito.

En la propia macroencuesta se traza esta distinción, para no confundir los casos de violencia penalmente relevantes con situaciones que deben encontrar vías alternativas de solución y que no deben ser castigadas.

Los datos, que son bastante preocupantes, no deben servir para buscar una mayor intervención punitiva. Con carácter general, las conductas más relevantes se encuentran ya tipificadas. Tampoco debe ser la excusa para criticar, de manera injustificada, que comportamientos sin relevancia penal (por su levedad en relación con la lesión de bienes jurídicos) formen parte de las situaciones analizadas.

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La finalidad de la macroencuesta es proporcionar información que permita pulsar la situación y buscar las soluciones más adecuadas, por lo que las preguntas que se realizan no siempre se refieren a acciones con relevancia penal.

En esta línea, resultan interesantes, por ejemplo, los datos vinculados a la violencia económica, que no deja de ser un tipo de violencia de control, y que buscan detectar situaciones de sometimiento (o de intento de sometimiento) que nada tienen que ver con el castigo penal y entre las que, por ejemplo, no se incluyen casos como el impago de pensiones, que quizá están más relacionados con la denominada violencia por poderes, esa gran desconocida que, esperemos, forme en breve parte también del análisis y estudio por parte de las autoridades.

Por otra parte, y siguiendo también los mandatos del Convenio de Estambul y la propia incorporación de la agravante genérica de discriminación por razón de género (artículo 22.4 del Código Penal), se extiende el estudio más allá de la violencia que se produce en el seno de la pareja (la violencia de género penalmente sancionada en España), incluyendo, de una manera muy acertada, los casos en los que las mujeres sufren la violencia por razones de discriminación fuera de las relaciones sentimentales, lo que se venía reclamando desde hace mucho tiempo. Se dota así de relevancia a los casos de agresiones que se sufren en las relaciones de amistad o en el ámbito laboral, espacios que hay que estudiar con especial cuidado para buscar alivio a acciones realmente perturbadoras para las mujeres. Supone visibilizar que el machismo no es sólo el doméstico, sino que va más allá.



En relación con los datos, resultan alarmantes los relativos a la violencia en general (una de cada dos mujeres la sufre o la ha sufrido de cualquier clase). Esto implica que al menos el 50% de las mujeres padecen o han padecido alguna de las violencias estudiadas en el informe.
 
Fuente: Macroencuesta de Violencia contra la mujer 2019.

Ciertamente, el abanico de conductas analizadas es muy amplio, pero no deja de ser una cifra muy elevada y pone de manifiesto algo esencial: la violencia de género es un problema estructural. Es un problema de desigualdad, del convencimiento de que las mujeres debemos estar, de una manera u otra, sometidas a los dictados de los varones. Y eso nos indica lo imperativo del cambio social que ha de producirse.

En relación con la violencia física, se analizan desde conductas de malos tratos de obra hasta las amenazas; y se detecta que la denuncia sigue siendo muy pequeña, sobre todo en los casos en los que las mujeres mantienen aún la relación de pareja. Esta constatación obliga a incentivar la denuncia y la petición de ayuda, tanto de las mujeres como de personas cercanas que sean conocedoras de dicha violencia.

De los resultados en relación con la violencia sexual, llama poderosamente la atención que la mayoría de los autores son hombres cercanos a la víctima (solo el 39,1% eran desconocidos) tanto en agresiones como en abusos, y que la mayoría de las mujeres no denunciaron por miedo o vergüenza (sobre el 40%). La conclusión no puede ser otra: pervive la idea patriarcal del mito de la mujer sexualmente pasiva, que legitima las conductas de control de los varones, al saberse protegidos por este temor de la mujer a ser desvalorada y culpabilizada si es víctima de un atentado sexual. Si no rompemos el círculo, difícilmente se podrá dar una solución.
 
Fuente: Macroencuesta de Violencia contra la mujer 2019.

La violencia denominada psicológica de control la padecen en un porcentaje mayor las mujeres jóvenes entre 16 y 24 años. No es un dato nuevo y reafirma lo que ya he dicho en otras ocasiones: el retroceso que estamos viendo en la lucha por la igualdad en los últimos años. Que las chicas más jóvenes sean las que se sientan más controladas, quizá también por la intervención del medio virtual, nos proporciona una sensación de fracaso que sólo se puede resolver, insisto, siguiendo por el camino de la educación en valores de igualdad para la transformación social.

Por lo que hace al acoso, en el caso del sexual se analiza el puntual y el reiterado, ya que, de nuevo, no existe una correlación entre el concepto normativo y el social. Las situaciones que se incluyen, al igual que en la violencia económica, no son necesariamente relevantes desde el ámbito penal y, en la mayoría de ocasiones, sólo ponen de manifiesto actuaciones molestas que son, también, una muestra del empoderamiento masculino y la instrumentalización de las mujeres como objeto, ayudando a detectar los comportamientos que deben ser reprochados socialmente si queremos que vaya cambiando el pensamiento sobre el valor y la dignidad de la mujer.

Por último, un dato especialmente relevante que se extrae es que, excepto en la violencia de control, las mujeres con discapacidad sufren en mayor medida los ataques. La doble discriminación que encierra esta conclusión pone de manifiesto la necesidad de una actuación urgente para protegerlas.

En definitiva, los datos evolucionan poco: las mujeres siguen siendo atacadas en un porcentaje alto, los delitos sexuales son más habituales en el círculo de familiares y amigos, las jóvenes son las que sufren mayor control, la doble discriminación no cesa y los agresores, mayoritariamente hombres, no son necesariamente parejas o exparejas de las mujeres víctimas. Seguimos con el reto.
 
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